Este documento certifica el país de origen de la mercancía que en él se detalla. Se utiliza sólo para exportaciones con algunos países extracomunitarios, de tal forma que los productos pueden acogerse a reducciones arancelarias.
La tramitación de Certificados de Origen Comunitarios deberá hacerse cumpliendo las siguientes pautas expuestas a continuación, siendo obligatorio estar dado de alta en el Censo de la Cámara para el año en curso, debiendo comunicarse de forma fehaciente a través del procedimiento establecido al efecto.
TARIFA OFICIAL: 40€