
SUBVENCIONES DESTINADAS A FINANCIAR PROYECTOS DE PARTICIPACIÓN EN FERIAS INTERNACIONALES DE LAS PYMES DE CASTILLA Y LEÓN (2023)
Objetivo:
Facilitar la financiación de proyectos de participación en ferias y exposiciones internacionales de las pymes de la Comunidad de Castilla y León.
Beneficiarios:
Autónomos y Pymes con domicilio social o centro de trabajo en Castilla y León, que realicen proyectos de participación en ferias o exposiciones internacionales, pertenecientes a los sectores económicos indicados.
Actividades Subvencionables:
Se consideran proyectos subvencionables las acciones consistentes en la participación en ferias, exposiciones y congresos de carácter internacional que se celebran en el extranjero, así como en las ferias que tienen lugar en España, siempre que estén incluidas en el Calendario Oficial de Ferias y Comercios Internacionales que, con carácter anual, aprueba el Ministerio de Industria, Comercio y Turismo.
Se incluye también la participación en ferias virtuales, así como la participación en eventos expositivos virtuales dirigidos al público internacional.
Los proyectos subvencionables deberán tener un presupuesto total elegible superior a los 2.000 euros.
Se podrán agrupar varias participaciones en ferias en una misma solicitud.
Cuantía:
La cuantía será a fondo perdido y su cuantía con carácter general será de un 45% sobre los costes subvencionables con el límite máximo de 200.000 euros por empresa para el total de los proyectos apoyados con cargo a esta convocatoria.
Las solicitudes deberán tener un presupuesto total elegible mínimo de 2.000 euros.
Se podrá alcanzar hasta el 60% de subvención por aplicación de un porcentaje adicional a los proyectos que cumplan alguno de los criterios de valoración contemplados.
Plazo:
Permanentemente abierto
Más información y tramitación: formulario de contacto
Subvenciones para la realización de proyectos de I+D, cofinanciadas por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER) (Año 2023)
Objetivo:
Facilitar la financiación de los proyectos de investigación industrial y desarrollo experimental, para la creación o mejora, desde el punto de vista tecnológico, de procesos productivos y/o productos concretos, realizados por empresas en centros de trabajo de Castilla y León.
Los proyectos se acogen de forma general al Reglamento (UE) nº 651/2014 de la Comisión de 17 de junio de 2014 por el que se declaran determinadas categorías de ayudas compatibles con el mercado interior en aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado (D.O.U.E. de 26/06/2014), quedando excluidos los proyectos de este tipo establecidos en el artículo 1 de dicho reglamento.
Los proyectos están incluidos en los ámbitos de la Estrategia Regional de Investigación e Innovación para una Especialización Inteligente (RIS3) de Castilla y León para el periodo 2021-2027. Concretamente, su tipología corresponde al objetivo 2 “Mejorar y fortalecer el ecosistema de investigación e innovación de Castilla y León para avanzar en la especialización”, eje de actuación 2.2. Incrementar la I+I de las empresas de la Comunidad.
Beneficiarios:
- Las Pymes y las empresas que tengan al menos un centro de trabajo productivo en Castilla y León.
- Quedan excluidas las comunidades de bienes, las sociedades civiles, las asociaciones y las fundaciones sin ánimo de lucro.
Actividades Subvencionables:
Se consideran proyectos subvencionables los proyectos de investigación industrial o de desarrollo experimental.
Los proyectos podrán abarcar la creación de un nuevo producto o proceso, las pruebas experimentales y ensayos necesarios para su concreción, pruebas de concepto y la elaboración de prototipos previos al inicio de la explotación industrial y la comercialización.
Los proyectos de en colaboración efectiva, tendrán esta calificación los proyectos de I+D que vayan a ser realizados en colaboración entre varias empresas independientes de la comunidad, siendo al menos una de ellas pyme. Se considera que existe colaboración cuando las empresas participan en la concepción del proyecto, contribuyen a su aplicación y comparten sus riesgos y resultados.
Los prototipos y plantas piloto resultado de los proyectos subvencionados, no podrán ser objeto de comercialización o utilización industrial, lo cual se hace extensible a la comercialización de productos, subproductos y residuos obtenidos del proyecto de I+D. Además, se deberá comunicar al ICE, cualquier incidencia futura que afecte al prototipo/planta piloto, tales como desplazamientos, destrucción, generación de ingresos, o cualquier circunstancia que afecte de forma sustancial al mismo.
Cuantía:
El presupuesto para los proyectos será: entre 20.000 € y 500.000 € para pymes; entre 200.000 € y 750.000 € para grandes empresas; y entre 200.000 € y 1.000.000 € para proyectos en colaboración, con un porcentaje de ayuda de hasta el 80%.
Plazo:
Permanentemente abierto
Más información y tramitación: formulario de contacto
Subvenciones destinadas a financiar proyectos de Expansión Internacional de Pymes (2023)
Objetivo:
Facilitar la financiación de los proyectos empresariales de expansión internacional de las Pymes y autónomos de Castilla y León, con el fin de mejorar su competitividad.
Actividades Subvencionables:
Se consideran proyectos subvencionables las acciones de promoción internacional, la participación en licitaciones públicas internacionales, los proyectos de implantación exterior y las acciones o materiales de marketing internacional realizados por empresas de Castilla y León con el fin de impulsar la promoción exterior de la empresa y su presencia en mercados internacionales.
Cuantía:
La cuantía será a fondo perdido y su cuantía con carácter general será de un 45% sobre los costes subvencionables con el límite máximo de 200.000 euros por empresa para el total de los proyectos apoyados con cargo a esta convocatoria.
Las solicitudes deberán tener un presupuesto total elegible mínimo de 2.000 euros.
Se podrá alcanzar hasta el 60% de subvención por aplicación de un porcentaje adicional a los proyectos que cumplan alguno de los criterios de valoración contemplados.
Plazo:
Permanentemente abierto
Más información y tramitación: formulario de contacto
Subvenciones públicas dirigidas a la realización de acciones que contribuyan al bienestar laboral en centros de trabajo de Castilla y León.
Objeto:
Promoción de acciones que contribuyan al bienestar laboral en los centros de trabajo.
Beneficiarios:
Las personas físicas y jurídicas, con trabajadores.
Actuaciones subvencionables:
A.- Acciones para la creación de espacios cardioseguros:
- Adquisición e instalación de equipos de reanimación cardiopulmonar.
- La adquisición de desfibriladores semiautomáticos. El equipo debe incluir, al menos, bolsa de transporte, baterías y sistema de electrodos.
- La instalación del equipo, en armarios con control de sistema de apertura y de acceso al desfibrilador, además de la posibilidad de activación de los servicios de emergencia desde el mismo (conexión telefónica a un número predeterminado), fabricados en metacrilato o acero inoxidable, con cubierta de policarbonato o similar y con batería independiente incorporada. No se incluyen los gastos de la conexión telefónica.
B.- Acciones para prestación de los siguientes servicios:
- Servicios de dietética y nutrición: mejorar o adaptar la alimentación o la nutrición en los entornos de trabajo.
- Servicio de fisioterapia: programas o actividades para la prevención de trastornos músculos esqueléticos o la rehabilitación de patologías cardiovasculares, ambos de origen laboral.
- Servicios de terapia ocupacional: realización de programas o protocolos de adaptación al puesto de trabajo.
- Servicios de psicología del trabajo y las organizaciones: realización de programas o actividades de asesoramiento, apoyo y rehabilitación psicológica.
- Servicios de actividad física: realización de programas o actividades para mejorar o mantener la aptitud física necesaria para el desarrollo profesional.
Periodos subvencionables:
las siguientes acciones que deberán estar efectuadas y pagadas entre el 1 de septiembre de 2022 y el 31 de octubre de 2023, ambos inclusive.
Cuantía:
La cuantía de la subvención será el 85% de los gastos que se consideren subvencionables, máx. 30.000€
Plazo:
Desde el 3 de julio de 2023 hasta el 31 de octubre de 2023
Más información y tramitación: formulario de contacto
Subvenciones para creación de empresas cofinanciadas por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER), año 2022
Objetivo:
Facilitar la financiación de los proyectos empresariales promovidos por emprendedores, dentro del ámbito territorial de Castilla y León, con el fin de promover la creación de empresas, así como la creación de puestos de trabajo por cuenta ajena y/o el autoempleo vinculados al mismo.
Beneficiarios:
Emprendedores que creen una empresa y realicen proyectos de inversión. Exclusivamente los sectores económicos indicados.
- Sección B. Industrias extractivas
- Sección C. Industrias manufactureras con las excepciones siguientes:
- División 10. La Industria de la alimentación.
- División 11. Fabricación de bebidas.
- División 12. Industria del tabaco.
- División 25.4. Fabricación de armas y municiones.
- División 30.1.Construcción naval.
- Sección D. Exclusivamente la producción de hielo.
- Sección E. Sólo división 38. Recogida, tratamiento y eliminación de residuos; valorización y división 39. Actividades de descontaminación y otros servicios de gestión de residuos.
- Sección F. Sólo división 43. Actividades de construcción especializada.
- Sección G. Comercio al por mayor y al por menor, excepto las actividades correspondientes a los grupos o clases 46.1 Intermediarios de comercio, 46.2 Comercio al por mayor de materias primas agrarias y de animales vivos, 46.3 Comercio al por mayor de productos alimenticios, bebidas y tabaco, 46.71 Comercio al por mayor de combustible, 47.26 Comercio al por menor de productos del tabaco, 47.30 Comercio al por menor de combustible para la automoción, 47.8 Comercio al por menor en puestos de venta y mercadillos y 47.9 Comercio al por menor no realizado ni en establecimientos, ni en puestos de venta ni en mercadillos.
- Sección I. Hostelería, los siguientes:
- División 55. Establecimientos de alojamiento hotelero y establecimientos de turismo rural clasificados como posadas, hotel rural y los albergues turísticos conforme a lo establecido en la Ley 14/2010, de 9 de diciembre, de Turismo de Castilla y León. En estos proyectos se podrán incluir ofertas turísticas especializadas e instalaciones complementarias de ocio ligadas a dichos establecimientos.
- Actividades de turismo activo que realicen empresas autorizadas conforme al Decreto 96/2007, de 27 de septiembre.
- División 55.3 Camping
- División 56.10 Categoría restaurante.
- Sección J: Información y comunicaciones.
- Sección M: Actividades profesionales, científicas y técnicas.
- Sección N. Actividades administrativas y servicios auxiliares.
- Sección P: Sólo división 85.1 Educación preprimaria y división 85.5 Otra educación, siempre que se realice en locales afectos dedicados exclusivamente a esa actividad.
- Sección Q: División 86.9 Otras actividades sanitarias, 87.3 Asistencia en establecimientos para personas mayores y con discapacidad física y división 88: Actividades de servicios sociales sin alojamiento.
- Sección R: Actividades artísticas, recreativas y de entretenimiento, excepto división 92 (Actividades de juegos de azar y apuestas).
- Sección S: Otros servicios, sólo las divisiones 95 Reparación de ordenadores, efectos personales, y artículos de uso doméstico y equipos de comunicación y división 96 Otros servicios personales. Quedan excluidos de estas subvenciones los proyectos de inversión acometidos por aquellas industrias que sean competencia de la Consejería de Agricultura y Ganadería con arreglo al Decreto 274/2001, de 5 de diciembre, sobre distribución de competencias en materia de industrias agrarias y alimentarias entre las Consejerías de Agricultura y Ganadería y de Industria, Comercio y Turismo.
Actividades Subvencionables:
Las inversiones en activos materiales e inmateriales y gastos necesarios para la creación y la puesta en marcha de una nueva actividad.
Cuantía:
- 50% sobre el coste subvencionable, pudiendo aplicar un porcentaje adicional del 5% o 10% en el caso de aplicación de uno de los criterios de valoración de las bases reguladoras.
- Podrán alcanzar el 100% del coste aquellos proyectos ubicados en zonas incluidas en un Plan de Recuperación Medioambiental y Socioeconómica de Municipios afectados por el incendio de la Sierra de la culebra, u otros Planes aprobados por órgano competente.
Plazo:
El plazo de solicitud permanece abierto.
Más información y tramitación: formulario de contacto
Cámara de Comercio de León | Avda. Padre Isla, n.º 30 | 987 224 400 |