
Incorporación de las tecnologías de la información y la comunicación en las PYME, cofinanciadas por el FEDER
Beneficiarios:
Pymes
Actividades Subvencionables:
Los proyectos de implantación y adaptación de soluciones TIC relacionados con alguno de los siguientes programas:
- Programa para iniciar y desarrollar la digitalización de la empresa.
- Programa para incorporar tecnologías relacionadas con Industria 4.0.
Cuantía:
Entre el 55%-65% sobre el coste subvencionable.
Plazo:
El plazo permanece abierto.
Más información y tramitación: formulario de contacto
MODERNIZACIÓN, DIGITALIZACIÓN Y MEJORA DE LA GESTIÓN DEL COMERCIO
Estará dirigida exclusivamente a los negocios cuya actividad principal sea comercio minorista conforme a la división 47 de la Clasificación Nacional de Actividades Económicas (CNAE 2009), quedando excluidos los siguientes grupos o clases:
- Clase 47.26.– Comercio al por menor de productos del tabaco en establecimientos especializados.
- Clase 47.30.– Comercio al por menor de combustible para la automoción en establecimientos especializados.
III. Clase 47.73.– Comercio al por menor de productos farmacéuticos en establecimientos especializados.
- Grupo 47.8.– Comercio al por menor en puestos de venta y mercadillos.
- Grupo 47.9.– Comercio al por menor no realizado ni en establecimientos, ni en puestos de venta ni en mercadillos.
NOVEDAD: están incluidas:
Clase 74.20.– Actividades de fotografía.
Clase 82.19.– Actividades de fotocopiado, preparación de documentos y otras actividades especializadas de oficina.
Clase 95.11.– Reparación de ordenadores y equipos periféricos.
Clase 95.12.– Reparación de equipos de comunicación.
Clase 95.22.– Reparación de aparatos electrodomésticos y de equipos para el hogar y jardín.
Clase 95.23.– Reparación de calzado y artículos de cuero.
Clase 95.24.– Reparación de muebles y artículos de menaje.
Clase 95.25.– Reparación de relojes y joyería.
Clase 95.29.– Reparación de otros efectos personales y artículos de uso doméstico.
Clase 96.01.– Lavado y limpieza de prendas textiles y de piel.
Clase 96.02.– Peluquería y otros tratamientos de belleza.
Podrán subvencionarse, por cada establecimiento comercial para el que se solicite, los proyectos de inversión que tengan como finalidad:
- La modernización y/o mejora de la imagen del establecimiento comercial o su adecuación para el ejercicio de la actividad comercial.
II. Digitalización mediante la implantación o la introducción de mejoras en su sistema de gestión y/o de comercialización, sobre la base de la incorporación de las tecnologías de la información y de las comunicaciones.
III. Ambas a la vez.
Gastos subvencionables:
- a) La elaboración del diagnóstico, cuando se realice con medios ajenos.
- b) La realización, en su caso, de una auditoría energética y/o una auditoría ambiental, cuando se realicen con medios ajenos.
- c) La redacción de proyectos técnicos y la dirección facultativa de los trabajos.
- d) Las obras e instalaciones de adecuación interior y/o exterior del establecimiento comercial, que afecten al acondicionamiento, la distribución o la mejora de la imagen del mismo, así como:
- Las dirigidas la implantación de buenas prácticas medioambientales que impliquen reducir los consumos energéticos y/o de agua, y/o minimizar la generación de residuos o gestionarlos de forma más adecuada conforme a la jerarquía de residuos, y/o minimizar otros impactos de carácter medioambiental.
- Las dirigidas a la eliminación de barreras que mejoren la accesibilidad a las personas con discapacidad.
- e) La adquisición e instalación de rótulos en el exterior del establecimiento comercial, identificativos del nombre comercial, la marca, el logotipo o similares y la adquisición e instalación de toldos.
- f) La adquisición, instalación y montaje de mobiliario y maquinaria vinculados al ejercicio de la actividad.
- g) Los servicios de apoyo para la instalación y puesta en marcha o para la mejora de los sistemas de comercialización (desarrollo de página web, venta online – ecommerce, scommerce, mcommerce – etc…) o de gestión del establecimiento comercial (clientes, proveedores, etc…).
- h) El hardware y el software necesarios para la instalación y puesta en marcha o para la mejora de los sistemas anteriores, incluidas las correspondientes altas y licencias. En especial, los terminales de punto de venta compactos o modulares y sistemas de codificación y lectura óptica de productos.
- i) Formación necesaria para la utilización de los sistemas de comercialización o de gestión del establecimiento comercial
La cuantía por cada establecimiento comercial será de un 60% del presupuesto aceptado, con los siguientes límites:
- a) No serán subvencionables los proyectos con un presupuesto subvencionable inferior a 2.000 euros.
- b) El presupuesto máximo aceptado de 40.000 euros.
Plazo
Desde el día 9 al 22 de junio para presentar solicitudes
Más información y tramitación: formulario de contacto
Cámara de Comercio de León | Avda. Padre Isla, n.º 30 | 987 224 400 |