Fomento de la contratación indefinida ordinaria (2026)
Objeto:
Formalización de contratos indefinidos ordinarios a tiempo completo con personas desempleadas incluidas en alguno de los colectivos destinatarios. Contratos que se formalicen entre los días 2 de septiembre de 2025 y 7 de agosto de 2026, ambos inclusive.
Beneficiarios
Trabajadores por cuenta propia (autónomos personas físicas), personas jurídicas, y entidades sin personalidad jurídica.
Requisitos
La contratación deberá formalizarse con personas que en la fecha de inicio de la misma se hallen desempleadas e inscritas como tales en el Servicio Público de Empleo, y pertenezcan a alguno de los siguientes colectivos:
- Menores de 30 años de edad.
- Personas desempleadas de larga duración, entendiendo por tales aquéllas que lleven inscritas como demandantes de empleo, no ocupadas, en el Servicio Público de Empleo, al menos 360 días en el período de los 18 meses inmediatamente anteriores a la fecha de inicio de la contratación; o que lleven inscritas, al menos, 180 días en el período de los 9 meses inmediatamente anteriores a la fecha de inicio de la contratación, si se trata de personas que estén inscritas como trabajadoras agrarias en el Servicio Público de Empleo durante esos 180 días.
- Personas de 45 o más años de edad.
4.Mujeres.
5.Personas con discapacidad igual o superior al 33%.
6.Personas en riesgo de exclusión social.
7.Personas inmigrantes.
8.Personas refugiadas o que tengan reconocido el derecho de asilo.
Cuantía:
La cuantía de la subvención por la formalización de cada contratación subvencionable será de 4.500 euros, que se incrementarán en fusión de ciertos criterios.
Plazo
Hasta el día 14 de agosto de 2026.
Más información y tramitación: formulario de contacto
Fomento de la contratación indefinida ordinaria del primer trabajador por parte de trabajadores por cuenta propia (2026)
Objeto:
Fomentar la contratación indefinida ordinaria del primer trabajador por parte de los trabajadores por cuenta propia (autónomos personas físicas) establecidos en Castilla y León. Contratos que se formalicen entre los días 2 de septiembre de 2025 y 7 de agosto de 2026, ambos inclusive.
Beneficiarios
Trabajadores por cuenta propia (autónomos personas físicas), personas jurídicas, y entidades sin personalidad jurídica.
Requisitos
La contratación deberá formalizarse con personas que en la fecha de inicio de la misma se hallen desempleadas e inscritas como tales en el Servicio Público de Empleo, y pertenezcan a alguno de los siguientes colectivos:
- Menores de 30 años de edad.
- Personas desempleadas de larga duración, entendiendo por tales aquéllas que lleven inscritas como demandantes de empleo, no ocupadas, en el Servicio Público de Empleo, al menos 360 días en el período de los 18 meses inmediatamente anteriores a la fecha de inicio de la contratación; o que lleven inscritas, al menos, 180 días en el período de los 9 meses inmediatamente anteriores a la fecha de inicio de la contratación, si se trata de personas que estén inscritas como trabajadoras agrarias en el Servicio Público de Empleo durante esos 180 días.
- Personas de 45 o más años de edad.
4.Mujeres.
5.Personas con discapacidad igual o superior al 33%.
6.Personas en riesgo de exclusión social.
7.Personas inmigrantes.
8.Personas refugiadas.
Cuantía:
La cuantía de la subvención por la formalización de cada contratación subvencionable será de 5.500 €, que se incrementarán en fusión de ciertos criterios.
Plazo
Hasta el día 14 de agosto de 2026.
Más información y tramitación: formulario de contacto
Fomento de la transformación de determinados contratos temporales en indefinidos (2026)
Objeto:
Fomentar la transformación en indefinidos a tiempo completo de determinados contratos temporales, que se formalicen entre los días el 2 de septiembre de 2025 y 7 de agosto de 2026, ambos inclusive:
- Contratos de formación en alternancia.
- Contratos formativos para la obtención de la práctica profesional.
- Contratos temporales con cláusula específica de relevo.
- Contratos temporales vinculados a programas de políticas activas de empleo.
Beneficiarios
Trabajadores por cuenta propia (autónomos personas físicas), personas jurídicas, y entidades sin personalidad jurídica.
Requisitos
La contratación deberá formalizarse con personas que en la fecha de inicio de la misma se hallen desempleadas e inscritas como tales en el Servicio Público de Empleo, y pertenezcan a alguno de los siguientes colectivos:
- Menores de 30 años de edad.
- Personas desempleadas de larga duración, entendiendo por tales aquéllas que lleven inscritas como demandantes de empleo, no ocupadas, en el Servicio Público de Empleo, al menos 360 días en el período de los 18 meses inmediatamente anteriores a la fecha de inicio de la contratación; o que lleven inscritas, al menos, 180 días en el período de los 9 meses inmediatamente anteriores a la fecha de inicio de la contratación, si se trata de personas que estén inscritas como trabajadoras agrarias en el Servicio Público de Empleo durante esos 180 días.
- Personas de 45 o más años de edad.
4.Mujeres.
5.Personas con discapacidad igual o superior al 33%.
6.Personas en riesgo de exclusión social.
7.Personas inmigrantes.
8.Personas refugiadas o que tengan reconocido el derecho de asilo.
9.Personas que fueran emigrantes castellanas y leonesas retornadas del extranjero, siempre y cuando el retorno se haya producido en el mes inmediatamente anterior a la fecha de inicio del contrato que se transforma.
Cuantía:
La cuantía por la formalización de cada transformación contractual subvencionable será 2.500 €.
Plazo
Hasta el día 14 de agosto de 2026.
Más información y tramitación: formulario de contacto
Fomento de la ampliación a tiempo completo de la jornada de los contratos indefinidos ordinarios a tiempo parcial formalizados con mujeres (2026)
Objeto:
Fomentar la ampliación a tiempo completo de la jornada de los contratos indefinidos ordinarios a tiempo parcial formalizados con mujeres. Que hayan sido realizada entre el 2 de septiembre de 2025 y 7 de agosto de 2026, ambos inclusive.
Beneficiarios
Trabajadores por cuenta propia (autónomos personas físicas), personas jurídicas, y entidades sin personalidad jurídica.
Requisitos
La contratación deberá formalizarse con personas que en la fecha de inicio de la misma se hallen desempleadas e inscritas como tales en el Servicio Público de Empleo.
Se subvencionará la ampliación a tiempo completo de la jornada de los contratos indefinidos ordinarios formalizados a tiempo parcial con mujeres, cuya duración mínima como indefinido ordinario a tiempo parcial antes de dicha conversión haya sido de un año continuado.
Cuantía:
La cuantía de la subvención por la formalización de cada ampliación de jornada subvencionable será de 2.000 €, que se verá incrementada en 1.500 € si la ampliación de jornada se formaliza con una mujer menor de 30 años de edad.
Plazo
Hasta el día 14 de agosto de 2026.
Más información y tramitación: formulario de contacto
• Programa I: Fomento de la contratación indefinida y transformación en indefinidos de contratos de duración determinada, temporales y formativos suscritos con personas trabajadoras con discapacidad (2026)
Objeto:
Facilitar la inserción laboral a través de la contratación indefinida de personas trabajadoras con discapacidad en el mercado de trabajo ordinario.
Beneficiarios:
Las empresas, las personas trabajadoras autónomas y las entidades privadas sin ánimo de lucro
Actuaciones subvencionables:
Serán subvencionables las contrataciones y transformaciones de contratos que, cumpliendo los requisitos y condiciones, se hayan realizado desde el 1 de septiembre de 2025 hasta el 31 de agosto de 2026.
Cuantía:
- Los contratos de duración indefinida o transformación en indefinidos de contratos temporales, a jornada completa se subvencionará con 5.500 € (6.000 € si la persona a la que se realiza la contratación indefinida inicial es mujer o mayor de 45 años).
- Si la contratación a tiempo completo se celebre con personas con discapacidad que presenten mayores dificultades de acceso al mercado de trabajo la subvención será de 7.000 € (7.500 € si la persona contratada es mujer o mayor de 45 años).
- Las cuantías se incrementarán en 2.000 € cuando la contratación se realice por personas trabajadoras autónomas o por una cooperativa o sociedad laboral que contraten a su primer empleado.
- Cuando el contrato por tiempo indefinido se concierte a tiempo parcial, la cantidad anterior se reducirá proporcionalmente a la jornada pactada.
Plazo:
Desde el 23 de abril de 2026 hasta el 5 de octubre de 2026
Más información y tramitación: formulario de contacto
• Programa II: Fomento del tránsito del empleo protegido desde los centros especiales de empleo al empleo en empresas del mercado ordinario, especialmente a través de enclaves laborales incentivando su contratación con carácter indefinido (2026)
Objeto:
Favorecer el tránsito desde el empleo en los centros especiales de empleo hacia el empleo en empresas del mercado ordinario de trabajo de las personas con discapacidad.
Beneficiarios:
Las empresas, las personas trabajadoras autónomas y las entidades privadas sin ánimo de lucro
Actuaciones subvencionables:
Serán subvencionables las contrataciones y transformaciones de contratos que, cumpliendo los requisitos y condiciones, se hayan realizado desde el 1 de septiembre de 2025 hasta el 31 de agosto de 2026.
Cuantía:
- 5.500 € por cada contratación indefinida a jornada completa que proceda de un centro especial de empleo (6.000 € si es mujer o mayor de 45 años).
- Cuando la contratación a tiempo completo se celebre con personas con discapacidad que presenten mayores dificultades de acceso al mercado de trabajo 7.000 € (7.500 euros si la persona contratada es mujer o mayor de 45 años).
- Las cuantías se incrementarán en 2.000 € cuando las personas trabajadoras con discapacidad procedan directamente de un enclave laboral.
- Si el contrato fuera a tiempo parcial, la subvención se reducirá proporcionalmente según la jornada de trabajo pactada.
Plazo:
Desde el 23 de abril de 2026 hasta el 5 de octubre de 2026
Más información y tramitación: formulario de contacto
• Subvenciones destinadas a empresas para fomentar la promoción profesional de la mujer en Castilla y León (2026)
Objeto:
Incentivar la promoción profesional de las mujeres en empresas de hasta 500 trabajadores/as que desarrollen su actividad en Castilla y León, con la finalidad de facilitar la promoción profesional de mujeres trabajadoras por cuenta ajena en empresas privadas para contribuir a que la participación de mujeres y hombres en el mercado de trabajo se realice con igualdad plena de oportunidades..
Beneficiarios:
Empresas privadas y personas físicas empleadoras, que desarrollen su actividad empresarial en el ámbito territorial de la Comunidad de Castilla y León y que en su totalidad tengan hasta 500 trabajadores/as.
Actuaciones subvencionables:
- Se considera promoción profesional, a efectos de esta resolución, todo cambio de categoría o grupo profesional, según convenio colectivo, que conlleve la realización efectiva de funciones de mayor cualificación y un incremento salarial consolidable. En los casos de ausencia de convenio colectivo aplicable se considerará promoción profesional el cambio de funciones debidamente justificado que conlleve la realización efectiva de funciones de mayor cualificación con un incremento salarial consolidable.
- Será subvencionable la novación de contratos de trabajo que suponga una promoción profesional de carácter indefinido. En el supuesto de los contratos temporales, dentro del periodo subvencionable, deberá producirse la conversión del contrato temporal en indefinido.
- La novación de contratos de trabajo que suponga una promoción profesional de carácter indefinido debe formalizarse entre el 1 de octubre de 2025 y el 30 de septiembre de 2026.
Cuantía:
- La cuantía de la subvención será con carácter general de 2.000 euros. Esta cuantía se incrementará hasta 2.800 euros si la trabajadora desarrolla su actividad en las profesiones y ocupaciones con menos índice de empleo femenino.
- En el caso de que los contratos sean a tiempo parcial, o a tiempo completo con reducción voluntaria de jornada por cualquier causa, o contrato fijo discontinuo, la cuantía de la subvención se reducirá en proporción a la jornada realizada o días trabajados
- En el caso de presentarse varias solicitudes de promoción profesional por la misma empresa, se subvencionará con el 100% la primera solicitud, con el 80% la segunda solicitud, con el 60% la tercera solicitud y con el 40% la cuarta solicitud y sucesivas.
Plazo:
Desde el 28 de febrero de 2026 hasta el 30 de septiembre de 2026
Más información y tramitación: formulario de contacto
• Subvenciones del programa de Formación a la Carta en Empresas con Carácter Dual (Forcarem II).
Objeto:
Promover la formalización de contratos formativos para la obtención de la práctica profesional, celebrados por empresas con centros de trabajo ubicados en Castilla y León, con la finalidad de proporcionar a las personas recién tituladas una experiencia profesional adecuada a su nivel de estudios o formación, mediante la adquisición de las habilidades y capacidades necesarias para el desarrollo de la actividad laboral correspondiente a su titulación, mejorando su empleabilidad y facilitando su incorporación al mercado laboral.
Beneficiarios:
Personas físicas o jurídicas, con o sin ánimo de lucro, entidades sin personalidad jurídica y comunidades de bienes que cumplan los requisitos. Se excluyen las grandes empresas y las entidades del sector público
Actuaciones subvencionables:
Serán subvencionables los contratos formativos para la obtención de la práctica profesional, que inicien su vigencia en una fecha comprendida entre el día 1 de noviembre de 2025 y el día 30 de septiembre de 2026, y que cumplan los requisitos y condiciones establecidos.
Cuantía:
- Por cada persona trabajadora contratada será del 75 % de los citados costes salariales, con el límite máximo de 2.905 euros por persona y mes completo que dure la contratación, y un máximo de 588 euros por persona contratada por coste de equipos de protección individual (EPI).
- Trabajos de revisión de la cuenta justificativa y de emisión del informe auditor alcanzará un coste económico máximo del 3% del importe de la subvención concedida.
Plazo:
Desde el 27 de abril de 2026 hasta el 30 de septiembre de 2026
Más información y tramitación: formulario de contacto

Cámara de Comercio de León | Avda. Padre Isla, n.º 30 | 987 224 400 |






