MEDIACIÓN CIVIL Y MERCANTIL
La Cámara Oficial de Comercio, Industria y Servicios de León pone a su disposición el Servicio de Mediación en asuntos civiles y mercantiles, en aplicación de lo establecido en la Ley 5/2012, de 6 de julio, de mediación en asuntos civiles y mercantiles, y en la Ley 4/2014, de 1 de abril, Básica de las Cámaras Oficiales de Comercio, Industria, Servicios y Navegación.
La mediación es un método de solución de controversias por el que dos o más partes intentan, voluntariamente, alcanzar por sí mismas un acuerdo con la intervención de un tercero ajeno que es el mediador.
Sus principales ventajas son:
- Es una solución rápida puesto que se resuelve en pocas sesiones
- Permite el control de la situación a ambas partes
- Existe absoluta confidencialidad
- Son las partes las que adoptan el acuerdo, no lo impone un tercero
- El proceso termina cuando las partes así lo desean, hayan alcanzado o no un acuerdo
- Los gastos son menores que en vía judicial o el arbitraje
- En caso de no llegar a acuerdo, no se cierra otra vía de resolución de conflictos
Podrán someterse a mediación aquellos asuntos, incluidos los conflictos transfronterizos, que no afecten a derechos y obligaciones no disponibles para las partes en virtud de la legislación aplicable. Para ello, será necesario que exista un contrato o acuerdo previo en el que se establezca el sometimiento del conflicto a la mediación, o bien que, no existiendo contrato o acuerdo previo entre las partes, una de ellas invitase a la otra, aceptándola ésta, a formalizar el procedimiento.